DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Corte De Apelaciones En Penal Ordinario Y Responsabilidad Penal De Adolescentes Circuito Judicial Penal Del Estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, propuesta por la ciudadana Abg. Damalys José Mayora Blanco, en su carácter de Juez del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira en la causa signada bajo el N° WP02-P-2017-000245, seguida en contra del ciudadano ANDRES ELOHIM DIAZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° V.-13.286.102, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.