Se ordenó oficiar a la Juez Unipersonal Nº 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, con el objeto de que remita a esta alzada con carácter de urgencia, en el término de tres (3) días de despacho siguientes a la fecha de recepción del oficio que a tal efecto se librará.
Se deja constancia de que hasta la presente fecha, inclusive, han transcurrido en este Tribunal Superior un total de cinco (05) días de los diez previstos en la ley para dictar la decisión, y que los faltantes se comenzarán a contar una vez conste en autos las copias certificadas solicitadas. Líbrese oficio