Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MARIA ENEDINA ALVIAREZ DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.334.742, domiciliada en El Torbes, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre la adolescente (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano JOSE DELFIN CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.125.411, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para la adolescente (omitido por art. 65 Lopna), la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) mensuales, la cual d.....