De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de cuando JOHAN DAVID CARRION MONASTERIO podrá optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena:
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a UN (01) MESY QUINCE (15) DIAS, la cual se cumple el 17-10-2.003.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a DOS (02) MESES, que cumplirá el 02-11-2.003.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena, que es igual a CUATRO (04) MESES , la cual se cumple el 02-01-2.004.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir las 3/4 partes de la pena, que es igual a CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS la cual cumplirá el día 17-01-2.004.