OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL POR MEDIDA HUMANITARIA, al ciudadano GUERRA FLORES HERWIN ELIECER titular de la cédula de identidad Nro. 17.804.643, quien es de nacionalidad Venezolano, natural del Estado Zulia nacido el 24-08-1986, de estado civil soltero, residenciado en Av. 13 con calle 89-B, casa Nº 89-53, sector Belloso, Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 503 del Código Orgánico Procesal Penal, obligándose dicha penada a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión, según lo prevé el artículo 511 ejúsdem.