Se declara: UNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado en fecha 23 de noviembre de 2016, por la abogada GABRIELA DEL CARMEN PEREDA CANTISANI, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 202.921, actuando en su propio nombre y representación, de la acción incoada en fecha 11 de octubre de 2016, y que fuera declarada inadmisible por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en el INTERDICTO RESTITUTORIO incoado por la ciudadana GABRIELA DEL CARMEN PEREDA CANTISANI, asistida por el abogado BORIS PORTUGAL LANZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.438, contra ESTACIONAMIENTO JUDICIAL BOLPAR 2021, C,A, todos debidamente identificados en los autos. Así se establece.