Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1° Sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por la empresa Induvenpa Díaz C. A., contra la providencia administrativa n. ° 370-2011 de fecha 18 de mayo del 2011, emitida por la Inspectoría del Trabajo General Cipriano Castro del Estado Táchira. 2° Con lugar el reenganche, pago de salarios dejados de percibir y demás conceptos patrimoniales dejados de percibir desde la fecha del despido írrito, interpuesto por el ciudadano José Agustín Carrillo. 3° Se modifica de oficio el texto del dispositivo de la providencia impugnada en los términos anteriormente expuestos. 4° No se condena en costas al vencido.