CONDENA a los ciudadanos ROMERO DOMINGUEZ IGNACIO DAVID, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolano, Natural de La Guaira, nacido en fecha 09-02-1960, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Concerje, Hijo de Jose Ignacio Romero (F) y de Ramona Maria Domínguez (V), titular de la cédula de identidad N° V-6.473.717, y con residencia en: el Bloque N° 2, Urbanización la Paez, en la Conserjería, Catia la Mar, Estado Vargas; y ROMERO GONZALEZ DAVID IGNACIO quien dijo ser de Nacionalidad Venezolano, Natural de Caracas, nacido en fecha 11-12-1981, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Hijo de Judith Gonzalez (F) y de Romero Gonzalez (V), titular de la cédula de identidad (Indocumentado), y con residencia en: Los Valles del Tuy Santa Teresa, Urbanización principal Santa Barbara, Dos lagunas casa s/n, Estado Miranda, a cumplir la pena de TRES(03) AÑOS DE PRISIÓN, COMO AUTORES RESPONSABLES DEL DELITO DE ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTR.....