PRIMERO: se ADMITE la Acusación presentada por la Fiscal Octava (8º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en contra del ciudadano WILLIAMS JOSE RODRIGUEZ PORRAS, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 15.830.812, en virtud que cumple con los requisitos establecidos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la admisión o no de los medios de prueba ofrecidos por las Fiscalía del Ministerio Público, y en tal sentido admite la TOTALIDAD DE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS POR LA REPRESENTACION DEL MINISTERIO PUBLICO. TERCERO: Se Admite la Precalificación Jurídica de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, prevista en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. CUARTO: Pasa este Tribunal a Instruir al imputado sobre el Procedimiento Especial de Admisión de los hechos, previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia del artícul.....