CAPITULO VII
DISPOSITIVO
Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas este TRIBUNAL SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto en fecha diecisiete (17) de Mayo de 2022, por el profesional del derecho WILFREDO LANDAETA, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A bajo el número 286.367, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada (apelante) de la entidad de trabajo "SALVA FOOD 2015, C.A", contra la decisión dictada en fecha 12 de Mayo de dos mil veintidós (2022) emitida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas .....