Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del imputado JOSÉ LUIS CASTILLO LIENDO, arriba debidamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la aplicación del procedimiento especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre le Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia