En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil del Estado Vargas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara INADMISIBLE el presente Amparo Constitucional. Así se declara.