ste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR y en consecuencia NIEGA el otorgamiento de la Medida de Libertad anticipada referida al DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, requerida a favor del penado RODRIGO FERNANDO YSAVA VIVAS, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, Distrito Capital, de 34 años de edad, hijo de Gonzalo Ysava y de Carmen Vivas, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Técnico Superior en Administración y Computación, titular de la Cedula de Identidad Numero V: 11.490.178., de conformidad con lo establecido en el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal