Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos RAFAEL JOSE GOMEZ HERNANDEZ, APOLINAR JOSE GOMEZ HERNANDEZ, FERMIN JOSE GOMEZ HERNANDEZ, SIMON ANTONIO GOMEZ HERNANDEZ, RICHARD JOSE GOMEZ HERNANDEZ y sus sobrinos ROSANGELA GOMEZ CAMPOS, JOSE LUIS GOMEZ CAMPOS Y ELIANA MARIA GOMEZ CAMPOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.583.229, V-4.559.337, V-6.472.813, V-7.991.683, V-10.583.230, 13.221.947, V-13.235.931 y V-15.933.618 respectivamente en su orden; respecto al De-Cujus ELOY GOMEZ, ex titular de la identidad N° V-873.355, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.