Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano CARLOS ANTONIO JIMENEZ MENDOZA, de nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 22-02-72, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Controlador de Carga, hijo de Elida María Mendoza de Jiménez (V) y de Jesús María Jiménez Cardona (V), residenciado en la parroquia Caraballeda, Calle Tarigua (transversa), casa sin nro., de color amarillo con cerámica color marrón, al frente de dos Town House, estado Vargas y titular de la Cédula de Identidad No. V-11.063.382, por la comisión del delito HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal vigente para la fecha, de conformidad con lo previsto en el .....