DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, del Procedimiento instaurado por la Entidad de Trabajo INVERSIONES TURISTICAS CORDESERTU, C.A, debidamente asistido por el profesional del derecho MANUEL ALEJANDRO GOMEZ VALDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 53.900 en contra de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA PROTECCION DEL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO, INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS.
SEGUNDO: NOTIFICAR de la presente decisión a la PROCURADURIA GENERAL DE LA RPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, A LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS y FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA de conformidad con lo establecido en el artículo 98
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