CONDENA al ciudadano GELBER EDUARDO TOLOZA DIAZ, ampliamente identificado en autos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el articulo 2 ejusdem.
SEGUNDO: CONDENA al ciudadano FREDDY GREGORIO TOLOSA DIAZ, ampliamente identificado en autos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el articulo 2 ejusdem.
TERCERO: Igualmente se les condena, a cumplir las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 ordinales 1 y 2 del Código Penal.
CUARTO: Igualmente se exime del pago de las costas procesales de conformidad con lo establecidos en los artículos 26 y 2.....