En este estado este Tribunal Sexto de Sustanciación Mediación y Ejecución visto el acuerdo al cual llegaron las partes Homologa el mismo en los términos planteados y se otorga efecto de cosa juzgada, por lo cual se ordena el cierre y archivo del expediente transcurrido cinco días a partir de la presente fecha, ello a los fines de que la trabajadora haga efectivo el referido cheque.