Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, y le CONDENA a cumplir la sanción de Libertad Asistida, Servicios a la Comunidad e Imposición de Reglas de Conducta, entre las cuales deberá: 1.- No portar ningún tipo de arma de fuego o armas blancas; 2.- Integrarse al sistema educativo y laboral, a los fines de continuar con su proceso de formación personal y académica, 3.- Presentarse ante el ente que tenga a bien designar el Tribunal de Ejecución y 4- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas ni sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Todas las sanciones a cumplir de manera simultánea y por el lapso de Seis (6) meses en lo relativo a Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta .....