En virtud de las consideraciones anteriormente expresadas, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la partición efectuada por los ciudadanos MARIA MILAGROS PIÑANGO y RUBEN DARIO VILLAMIZAR, anteriormente identificados.