Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda modificar las medidas cautelares impuestas en fecha 14 de mayo de 2011 al ciudadano Jesús Rafael Hernández Antón, dejando sin efecto los fiadores exigidos, imponiéndose la del numeral 9º, referida a la prohibición de portar armas y manteniéndose vigente el numeral 3 del artículo 256 eiusdem. Todo conforme a lo previsto en los artículos 264 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal.