En tal sentido, de acuerdo con lo previsto en los artículos 78 numeral 1 y 79 ibidem, se ordena la notificación del ciudadano Inspector del Trabajo del estado Vargas, con el objeto de hacer de su conocimiento del presente procedimiento y de solicitarle a su vez remita a este despacho copia certificada del expediente administrativo ante el cual se lleva el procedimiento objeto de nulidad debidamente foliado en su orden cronológico, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a que conste en autos su recibo.