Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Acuerda la entrega a la Oficina Nacional Antidrogas del siguiente vehiculo por ser el único bien sobre el cual se ordeno comiso en la presente causa: Un vehiculo, MARCA MAZDA,, MODELO 626, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR GRIS, SERIAL DE CASRROCERIA 9FCG45S010101621, SERIAL DE MOTOR FS-737022, USO PARTICULAR, PLACAS MCR-70P, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 66 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas y el articulo 116 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.