Se declara INCOMPETENTE para conocer y tramitar la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado EDUARDO ANTONIO MEJÍAS LOCANTORE, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 77.992, razón por la cual se acuerda desglosar el escrito presentado por el mencionado abogado para que, previa su certificación, sean agregadas al presente expediente, y el original sea remitido, mediante oficio y sin mayor dilación junto con copia certificada de la presente resolución, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, para que se distribuya al Tribunal Superior que corresponde conocer del Amparo Constitucional que nos ocupa. Cúmplase.-