Se Decreta el Cumplimiento de la sanción de Libertad asistida Y Reglas de conducta, impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 16.310.570, de acuerdo al artículo 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, faltándole por cumplir la sanción de servicios a la comunidad, por lo que deberá cumplir con la misma.