Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ZENAHIR JOSEFINA ROJAS GOMEZ, ALVARO JOSE BRITO GONZALEZ y ALVANIES JOSE BRITO ROJAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.484.996, V-28.013.854 y V-30.527.254 respectivamente en su orden, respecto al De-Cujus ALVARO ANTONIO BRITO MANEIRO, ex titular de la identidad N° V-13.826.087, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.