Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado La Guiara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA IMPROCEDENCIA de la Solicitud de Titulo Supletorio presentada por la ciudadana LIZ NAYANKA PEREZ BAPTISTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.159.694. Así se decide.-