Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: EL CESE DE LA PERTURBACIÓN, que ha venido ejerciendo la JUNTA DE CONDOMINIO de las "RESIDENCIA OCEAN CARABALLEDA", representada por su presidente ciudadano WILDER VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-13.379.053., a la posesión que tiene la ciudadana MICHAEL ANDREW STEGAWSKI, de nacionalidad Polaca, portador del pasaporte de la República de Polonia No.EF9466738, sobre el inmueble 11B, ubicado en el piso once (11) del edificio denominado "RESIDENCIA OCEAN CARABALLEDA", el cual se encuentra construido sobre la parcela 4 del Bloque 5, según el plano de la Urbanización Caribe, en Jurisdicción de la parroquia Caraballeda del Municipio Vargas del esta.....