Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud formulada por la Dra. YVONNE VARGAS SIRIT, por no estar llenos los extremos de los artículos 244, 251 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con la decisión No. 2249, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01-08-05.