PARTE DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones precedentes, y en base a los fundamentos anteriormente expuestos, es por lo que este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en atención a lo establecido en el Artículo 377 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de cumplimiento y Aumento de la Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: VIVAS ESCALANTE NANCY DEL SOCORRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.490.987, domiciliada en la calle 2, edificio El Rosario, piso 4, apartamento Nº 3. La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira y hábil, en contra del ciudadano: MENDEZ MEDINA OSMAR JOSE, Venezolano, Mayor de edad, Latonero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.355.502, domicilia.....