Primero: Sin lugar, la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada, contra el auto de fecha 13 de marzo de 2006, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Segundo: Confirma, el auto de fecha 13 de marzo de 2006, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que acuerda la intimación del demandado; a fin de que rinda las cuentas señaladas del período comprendido entre el primero de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2004.