Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentaron los ciudadanos ARNOLDA DEL CARMEN SANCHEZ DE URBINA, MAYRA ALEXANDRA, PABLO ALEXIS y LLENNYS COROMOTO URBINA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-5.029.759, V-12.972.587, V-13.468.414 y V-14.041.368, domiciliados en el Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábiles, asistidos por la Abogada en ejercicio SHIRLEY YAZMIN GARCIA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No.V-17. 930.349 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.111.046, contra la ciudadana HILDA ELENA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-23.176.955, domiciliada en Prados del Torbes, Mu.....