Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, configurada como ha sido la causal de INHIBICIÓN alegada por la jueza AURA MARÍA OCHOA ARELLANO, la cual se realizó ajustada a la ley, en cumplimiento de una ejemplar conducta ética, y con fundamento en las disposiciones legales y jurisprudenciales antes transcritas, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la abogada AURA MARÍA OCHOA ARELLANO, Jueza Titular del Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del estado Táchira, contenida en acta de fecha 16 de julio de 2014, para continuar conociendo de la causa inventariada en el tribunal a su cargo, bajo el número 6.729. SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Superiores Segundo, Tercero y Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Agrario de esta Circunscripción Judicial. Publíquese, regístrese y déjese copia fot.....