Se acuerda librar oficio al Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y ordena notificar a la parte recurrente, a los fines de que impulse ante el referido Juzgado las documentales antes indicadas en el cuerpo de este fallo, todo a tenor de lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales