Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble propiedad de la parte actor, antes identificado. Ofíciese lo conducente al ciudadano Registrador de la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Vargas del estado La Guaira. Así se decide.