Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano MAAROUF RKEIN, de nacionalidad Libanesa, nacido en fecha 01/12/1980, de 26 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.316.869, hijo de Liya Bid (V) y de Ali RKein (V), residenciado en Caracas, al lado de la Clínica Atias, Quinta San Mawan, Nueva Granada de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 1º, 2°, 3° y del parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presu.....