IMPONE MEDIDA DE SEGURIDAD a la ciudadana ZULY DEL CARMEN MAVARES CARVAJAL, portador de la cédula de identidad N° 5.055.845, en consecuencia, se ordena su reclusión en un Centro Psiquiátrico hasta que su condición mental mejore y le permita reinsertarse a la sociedad, de conformidad con el artículo 420, ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal.