DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL al penado JORGE ELISAU ROMERO MAYORA, Venezolano, nacido el 22-01-1956, de 58 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.471.537, de estado civil soltero, de profesión u oficio aduanero, hijo de Carlos Romero (v) y de Petra Mayora (v), domiciliado en la zona 1, callejón Trinidad, Nº15, Canaima, Montesano, Parroquia Carlos Soublette, estado Vargas, se acuerda su LIBERTAD PLENA; en virtud que el penado de marras, culminó satisfactoriamente con el régimen de prueba que le fuera impuesto tanto por el delegado de pruebas, como por este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 .....