DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano HENRY MIGUEL GARCÍA FRANCISCO, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 28-08-1985, de 21 años de edad, profesión u oficio Electricista, residenciado en: Avenida Universidad, Esquina Perico, Edificio Inmaculada. Piso 8, Apartamento 8-B, Caracas, titular de la Cédula de Identidad N° 20.174.550, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en .....