Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano JORGE LUIS BAPTISTA OCHOA, en su carácter de representante de la Cooperativa Carite Sierra RL., debidamente asistido por el abogado MILTHON PLANCHART, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.385, contra la sentencia dictada en fecha 20 de septiembre del 2018, por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. Así se establece. SEGUNDO: Se declara NULO el auto de fecha 02 de noviembre del año 2018, dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Var.....