PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano JUAN CARLOS BRICEÑO, venezolano, titular de la cedula de identidad número V.-11.636.430, contra la sociedad mercantil "CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIA AERONAUTICOS Y SERVICIOS AEREOS. (CONVIASA)". En consecuencia se ordena a la parte demandada a cancelar los conceptos que será determinados en la parte motiva de la presente decisión así como los intereses de mora y la indexación o corrección monetaria SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dado los privilegios y prerrogativas que tiene el ente demando. Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del DECRETO CON FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA.