Por todo lo antes expuesto, la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad de Adolescentes, con sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara COMPETENTE para conocer el RECURSO DE AMPARO, interpuesto por las ciudadanas WILMA SULBARAN OCANDO y MIROSNELS GORDON SULBARAN, asistidas por la profesional de derecho YTALA HERNANDEZ TORRES, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con el artículo 64 del Código Orgánico procesal Penal y ADMITE la misma, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y no encontrarse incursa en alguna de las causales establecidas establecidas en el numeral 6ejusdem.
2.- Declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LI.....