DISPOSITIVA
En base a los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 442, 428 y 430 del Código Orgánico Procesal Penal, declara IMPROCEDENTE el recurso de efecto suspensivo previsto en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto por el profesional del derecho Dr. Danny Garrido, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público del estado Vargas, en relación a la libertad del ciudadano OSMAN JOSE BAPTISTA MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 17.380.505, ello por no haber sido fundamentado y en virtud que no se interpuso recurso de apelación contra la admisión de los hechos de fecha 30/03/2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuit.....