En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONFESA a la parte demandada Entidad de Trabajo "AGETRAMIT AGENTES ADUANALES, C.A." y al Ciudadano ANTONIO RESIGNO SESSA (PERSONA NATURAL), por su incomparecencia a la audiencia de juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesto por el ciudadano JAVIER HERNANDEZ LUPPI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número: V-6.467.095, contra la Entidad de Trabajo "AGETRAMIT AGENTES ADUANALES, C.A." y al Ciudadano ANTONIO RESIGNO SESSA (PERSONA NATURAL). TERCERO: SE CONDENA la Entidad de Trabajo "AGETRAMIT AGENTES.....