En el caso bajo análisis, la demanda fue presentada en fecha 25 de marzo del año 2010, es decir, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de justicia, en consecuencia, la cuantía para acceder a casación debe exceder a las tres mil unidades tributarias (3.000 UT), evidenciándose de las actas procesales que la presente demanda fue estimada en la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON CINCO CÉNTIMOS (BSF. 210.241,05), equivalentes a TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SIETE UNIDADES TRIBUTARIAS (U.T. 3.234,47), de conformidad con lo señalado en la Gaceta Oficial Nº 39.361, de fecha 05/02/2010, cantidad igual a la establecida en la precitada Ley, circunstancias éstas que motivan se declare ADMITIDO el recurso intentado. Así se establece.