NIEGA el otorgamiento de la Medida de Libertad anticipada referida DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, requerida a favor del penado ciudadano MELO CHACON JOSE HUMBERTO, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.303.366, nacido en fecha 02-06-1972, de estado civil soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Santa Teresa del Tuy, casa nro. 04, calle 12 de Marzo, Estado Miranda, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.