DECRETA EL ARCHIVO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia cesa la condición de imputado del ciudadano: PALACIOS DAVINSON JOSE, de nacionalidad venezolano, nacido en la Guaira Estado Vargas, el día 09-09.1984, de 25 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Vigilante, hijo de Rosa Palacios (v) y David Silva (v), titular de la Cedula de Identidad N° 18.930.889 y residenciado en: Sector Barrio Aeropuerto la cubita, casa S/n, detrás de los Edificios cerca de la bodega el manguito parroquia Urimare tlf. 0424,134-92-78; así como también el CESE inmediato de la medida cautelar y la condición de imputado. Remítanse las actuaciones que conforman la presente solicitud a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a fin de que sean agregadas al ASUNTO PENAL N º WP01-P-2009-003724, nomenclatura de este Juzgado, a los fines indicados en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.