Condena a los ciudadanos NELSON DAVID CARMONA MAYORA y DIXON ALEXANDER GUILLON MARIN, a cumplir la pena de Once (11) Años y Seis (06) Meses de Prisión, más las penas accesorias contenidas en el artículo 16 eiusdem, como autor responsable en la comisión de los delitos de Robo Agravado y Privación Ilegítima de Libertad, tipificados en los artículos 458 en relación con el 455, en concordancia con los artículos 176 relacionado con el primer aparte del 175, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano David Torres Cruz, en hecho acaecido en fecha 02 de abril de 2006, en las adyacencias del Aeropuerto Internacional de Maiquetía "Simón Bolívar", estado Vargas.