DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JULIO BONNET, en contra de la sentencia dictada en fecha 08 de marzo del año 2005 por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional, mediante la cual acordó condenar a las ciudadanas MARIA AUXILIADORA LORCA PERALTA y EMILY JOSEFINA CHIRINOS, a cumplir la pena de SEIS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en aplicación del control difuso de la constitucionalidad a la norma contenida en el último aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se REVOCA el fallo apelado y procede esta Corte a dictar una decisión propia con base a las comprobaciones de hecho determinadas por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional al dictar sentencia, por lo que se CONDENA a las ciudadanas MARIA AUXILIADO.....