Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 19/09/2012

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 Sig [Total de sentencias: 65] Página 3 de 7
N° Expediente : WP11-L-2012-000109 N° Sentencia : 1172 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
OTONIEL ENRIQUE MACHADO GONZALEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000126 N° Sentencia : 1175 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
JEAN CARLOS SAMPAYO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000062 N° Sentencia : 1164 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
LUIS JOSE ZAPATA CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000094 N° Sentencia : 1170 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
EDWIN ALEXANDER BRICEÑO HERNANDEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000092 N° Sentencia : 1169 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
JHONY KEVIN HERNANDEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000118 N° Sentencia : 1174 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
EDWARD ENRIQUE DIAZ PÉREZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000063 N° Sentencia : 1165 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
MAURICIO JOSÉ BRITO CEDEÑO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000139 N° Sentencia : 1177 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
DANIEL EDUARDO ROJAS GASCON CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000074 N° Sentencia : 1166 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
GUSTAVO ADOLFO ALVARADO GONZALEZ CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : WP11-S-2012-000132 N° Sentencia : 1176 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
LILO RAMON ORTEGA CASTRO CONTRA CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A.
Resumen:
Siendo entonces que la transacción se basa en recíprocas concesiones, no basta expresar de modo genérico, "que se satisface en forma definitiva cualquier obligación que pudiere existir pendiente entre las partes con motivo de la relación laboral que les uniera", sino que es necesario como ha indicado la doctrina y la jurisprudencia, que la transacción sea circunstanciada, es decir, que especifique de manera inequívoca los derechos, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales recae, para que el trabajador pueda apreciar las ventajas y desventajas que ésta le produce y estimar si los beneficios obtenidos justifican el sacrificio de alguna de las prestaciones previstas en la legislación". (Subrayado del Tribunal). De acuerdo al criterio Jurisprudencial antes trascrito procede este Juzgado a verificar si se cumplen los extremos requeridos en la presente transacción y en este particular se evidencia que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por l.....
Juez/Ponente:
José Gregorio España Gamboa
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados